Con primer voto de la doctora Rosana Magan, la Sala II de la Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia y condenó a la Municipalidad de Corrientes y Lotería Correntina a abonar una indemnización al Jockey Club por Daño Moral además de la que se había establecido por Daños y Perjuicios, porque se incumplió un contrato. Para construir el corsódromo Nolo Arias se destruyó una tribuna y se retiró el cerco perimetral.