13 marzo, 2026 -

CONCEPCIÓN. Taller sobre “Reglamento de Facilitadores Judiciales” y “Competencia de los Juzgados De Paz”

Tuvo lugar en el Juzgado de Paz de Concepción  el pasado 11 de marzo un taller con los facilitadores judiciales del lugar para analizar el reglamento de facilitadores judiciales y la competencia de los juzgados de paz. El mismo se desarrolló teniendo presente el Modulo I del Manual de Capacitación de Facilitadores Judiciales.

En la oportunidad se explicó las características o cualidades de las actividades del facilitador judicial destacando que desarrollan una actividad voluntaria.

Luego se estableció una dinámica de reflexión en la que se plantearon una serie de interrogantes referentes a la actividad misma del facilitador o situaciones en la que puede, debe intervenir y en las que debe derivar.

Así también en el encuentro se expusieron los deberes y derechos del facilitador Judicial, puntualizado lo referente a la permanencia y terminación de la actividad como Facilitador Judicial.

También se analizaron los registros que deben utilizar los Facilitadores Judiciales en cada situación.

COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE PAZ

Luego se planteó la competencia de los juzgados de paz basado en el Módulo III del Manual de capacitación de facilitadores judiciales.

Se realizó una breve reseña sobre el rol fundamental que cumplen los Juzgados de Paz, la función social, basaba en la búsqueda de la paz y la tranquilidad social aplicando principios de inmediatez, informalidad, celeridad, accesibilidad, economía procesal, con más el uso de métodos de resolución de conflictos.

Se contextualizó la competencia basada en la ley 5.907. Se expuso el Art 7 de la ley 5907 en todos sus incisos, analizando la competencia material en cada tipo de procesos.

Se hizo especial análisis en los casos de violencia familiar y menores en riesgo, respecto a las medidas preventivas y la aplicación de los protocolos de actuación, destacando que la competencia en estas cuestiones corresponde a los Juzgados de Familia y de Menores de Santa Rosa.

Se remarcó además la función notarial que cumple el juzgado, respecto de la certificación de firmas y fotocopias, explicando las personas encargadas, el procedimiento y aranceles.

Al final de la charla, se entregó a cada facilitador material referente a los temas tratados, instando al mismo tiempo al compromiso para la expansión y difusión de lo tratado.

Los facilitadores judiciales que participaron fueron: María Concepción Rolón, Luis Miranda Rojas y María Isabel Rolón.